ESTIMULOS

ESTIMULOS Y RECOMPENSAS

E S T Í M U L O S

 

Los estímulos son los incentivos económicos o de reconocimiento que otorga la Secretaría para motivar al personal en la consecución del logro de sus objetivos, siendo los siguientes:

1.- ESTIMULOS ECONÓMICO POR PRODUCTIVIDAD:

DEFINICIÓN: Es el incentivo que se paga mensualmente al trabajador por el desempeño y productividad observado en el desarrollo de sus labores.

FUNDAMENTO:Condiciones Generales de Trabajo Cap. XVI, art. 220. Reglamento para evaluar y Estimular al Personal de la Secretaria de Salud por Productividad en el trabajo.

MONTO.

• Diez días de salario mínimo general en vales de despensa.

• Se otorga un estímulo por cada 20 trabajadores.

• Se para durante el mes siguiente al de la evaluación.

2.- ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA.

DEFINICIÓN: Es la percepción que se paga al trabajador por concepto de estímulo económico por Asistencia, Puntualidad y Permanencia en el trabajo

TIPOS DE ESTIMULOS ECONÓMICOS:

  Por Puntualidad y asistencia (trimestral): es el pago extraordinario de un día de sueldo tabular correspondiente, al trabajador que en el transcurso de un mes calendario no tenga inasistencias ni retardos al trabajo, excepto de un día económico.

·Asistencia y permanencia (Anual): es el pago extraordinario de una cantidad de dinero determinada porcentualmente, al trabajador que durante el periodo comprendido de 1º de octubre de un año al 30 de septiembre del año siguiente, asista habitualmente a sus labores y permanezca en su área de adscripción, desarrollando sus funciones con la intensidad y calidad requerida.

Asistencia perfecta: es el número días de estímulo a pagar con salario tabular para aquellos trabajadores que acrediten el 100% de su asistencia. Consiste en el pago extraordinario de una cantidad de dinero, y que podrán solicitar el pago del estimulo en el mes de octubre. Puede gozar hasta de 5 días por concepto de días económicos, licencias médicas, faltas de asistencia, licencias con y sin goce de sueldo en periodo comprendido de 1º de octubre a 30 de septiembre.

FUNDAMENTO.

·Condiciones Generales de Trabajo, Cap. XVI, art, 220 y 221

·Reglamento para Evaluar y Estimular al Personal de la Secretaria de Salud por ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y PERMANENCIA en el trabajo.

MONTO.

·Puntualidad y Asistencia: un día de sueldo tabular al mes. Se paga trimestralmente

·Asistencia y permanencia: de 5 a 10 días de sueldo tabular al año, de acuerdo con los porcentajes de la evaluación y su antigüedad. Se solicita en el mes de octubre de cada año.

Pago extraordinario anual en días de sueldo tabular de acuerdo a porcentaje de asistencia :

 

100%…..10 días 99%.………9 días

 

98%…..… 8 días 97%.……..7 días

 

96%.…….. 6 días 95%.…….. 5 días

 Asistencia perfecta: de conformidad con el cuadro siguiente, considerando que cada ausencia de las antes mencionadas, representará la disminución de 10% en relación con el 100% de asistencia.

ASISTENCIA

ANTIGÜEDAD 100% 90% 80% 70% 60% 50%

1-5 AÑOS 11 10 9 8 7 6

5-10 AÑOS 16 14 13 11 10 8

 

CANTIDAD DE DIAS A PAGAR EN SALARIO TABULAR

10-15 AÑOS 21 19 17 15 13 11

15-20 AÑOS 26 23 21 18 16 13

20 ó MAS 31 28 25 22 19 16

 

3.- CELEBRACIÓN DEL DÍA DE LAS MADRES.

DEFINICIÓN.

Es el estímulo económico que se otorga a las madres trabajadoras con motivo del Día de las Madres, consiste en un monto económico en efectivo; así como el descanso correspondiente a ese mismo día.

 

FUNDAMENTO.

Condiciones Generales de Trabajo, Cap. XXI, art. 141, Cap. XVI, art. 222.

MONTO.

Lo establecido en el Cap. XVI, art. 222 de las Condiciones Generales de Trabajo vigentes .

4.- DIA DE REYES

DEFINICIÓN.

Es el estímulo económico que se otorga a los trabajadores con hijos menores de doce años al día seis de enero de cada año, como ayuda para la adquisición de juguetes.

FUNDAMENTO.

Condiciones Generales de Trabajo Cap. XI, Art. 130, Fracc. XXX.

 MONTO.

Lo establecido en las Condiciones Generales de Trabajo vigentes.

5.- DIA DEL TRABAJADOR DE LA SECRETARIA DE SALUD.

 

a) DEFINICIÓN: Es el estímulo económico que se otorga a los trabajadores con motivo del Día de Trabajador de la Secretaría, el 15 de octubre de cada año.

 b) FUNDAMENTO

·Condiciones Generales de Trabajo Cap. XVI, art. 223.

 a) MONTO:

·Lo establecido en las Condiciones Generales de Trabajo vigentes

·Se paga durante la primera quincena del mes de octubre de cada año.

 6.- RECONOCIMIENTO ECONÓMICO POR ANTIGÜEDAD EN EL SERVICIO

 

DEFINICIÓN.

Es el estímulo económico que se otorga por antigüedad efectiva en el servicio a los trabajadores que en el año correspondiente cumplan 20, 25, 30, 35, 40, 45 ó 50 años de servicio, en la Secretaria de Salud.

 FUNDAMENTO.

Condiciones Generales de Trabajo Cap. XVI, art. 215 y 216.

Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles, Cap. XIV.

 MONTO.

·Lo establecido en las Condiciones Generales de Trabajo vigentes :

 Por veinte años de servicios, doce mil pesos.

 Por veinticinco años de servicio, quince mil pesos.

 Por treinta años de servicio, dieciocho mil pesos

Por treinta y cinco años de servicio, veinticinco mil pesos.

 Por cuarenta años de servicio, cuarenta y cinco mil pesos.

 Por cuarenta y cinco años de servicio, cincuenta y dos mil quinientos pesos.

 Por cincuenta años de servicio, sesenta mil pesos.

 Se paga durante el mes de noviembre de cada año.

 RECONOCIMIENTO: Se otorga en medallas y diplomas.

 7.- PREMIOS, ESTÍMULOS Y RECOMPENSAS .

 DEFINICIONES:

·ESTIMULOS: consiste en diez de días de vacaciones extraordinarias, sin pago adicional. Se otorga uno por cada 17 trabajadores

·RECOMPENSAS: Consiste en el otorgamiento de gratificaciones en efectivo por el buen desempeño de las actividades encomendadas, en términos de la Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles. Se otorga una por cada 250 trabajadores.

FUNDAMENTO.

Condiciones Generales de Trabajo, Cap. XVI, art . 217.

Ley de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles.

Norma para el otorgamiento de Premios, Estímulos y recompensas, emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

 MONTO.

Lo define cada año la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Se paga en el mes de noviembre.